Declarar criptomonedas
Cómo declarar criptomonedas en España en la Renta 2025: ventas, permutas, FIFO, gastos, escala del ahorro, modelo 721 y documentación necesaria.

Laura Sanz
Autor
Para declarar criptomonedas en España hay que separar tres preguntas: si una operación de 2025 generó renta para el IRPF, si existía una obligación informativa por monedas custodiadas en el extranjero y si el patrimonio total activa otras declaraciones. Comprar y mantener no es lo mismo que vender, permutar una moneda por otra, cobrar staking o desarrollar una actividad económica.
Esta guía cubre la Renta 2025, presentada en 2026, para una persona física que invierte fuera de una actividad económica. No sustituye el análisis de un asesor fiscal, especialmente en DeFi, minería, derivados, donaciones, sucesiones o cambios de residencia.
Revisión normativa: 22 de julio de 2026, usando el manual de IRPF 2025 y las preguntas frecuentes vigentes de la AEAT.
Respuesta rápida por operación
| Lo que ocurrió en 2025 | Efecto general que debes revisar |
|---|---|
| Compraste y mantuviste la misma moneda | La compra por sí sola no materializa una ganancia o pérdida en IRPF |
| Vendiste por euros u otra moneda fiduciaria | Ganancia o pérdida patrimonial por diferencia entre transmisión y adquisición |
| Cambiaste BTC por ETH, USDC por otro token, etc. | La permuta puede generar ganancia o pérdida aunque no retires euros |
| Pagaste un bien o servicio con crypto | Hay transmisión del activo y puede existir ganancia o pérdida |
| Recibiste staking, intereses, airdrop o recompensa | Requiere clasificar la renta y valorar cuándo se obtuvo; no lo trates automáticamente como compraventa |
| Tenías monedas en custodia fuera de España por más de 50.000 € conjuntos a 31 de diciembre | Revisa el modelo 721 y sus reglas vigentes |
| Tenías una wallet bajo tus propias llaves | No asumas que es igual a custodia extranjera; documenta quién salvaguarda las claves y pide criterio profesional si hay duda |
| Minabas o prestabas servicios de forma organizada | Puede existir actividad económica y obligaciones distintas |
IRPF, modelo 721 y Patrimonio no son lo mismo
| Obligación | Qué mira | ¿Pagar o informar? |
|---|---|---|
| IRPF | Rentas y ganancias/pérdidas del ejercicio | Puede generar cuota |
| Modelo 721 | Determinadas monedas virtuales situadas en el extranjero | Declaración informativa |
| Impuesto sobre el Patrimonio | Patrimonio neto y reglas estatales/autonómicas | Puede generar cuota según residencia, mínimos y situación |
| Modelo 714 | Presentación del Impuesto sobre el Patrimonio cuando proceda | Declaración tributaria |
Presentar el modelo 721 no sustituye el IRPF. Tampoco significa que se pague un 721 % ni que cualquier saldo en una wallet deba incluirse. Patrimonio depende, entre otros factores, de la comunidad autónoma y del conjunto de bienes y deudas; no puede resolverse mirando solo crypto.
Cuándo una venta genera ganancia o pérdida
La AEAT indica que, para un inversor particular, una venta por dinero produce una ganancia o pérdida patrimonial:
resultado = valor de transmisión - valor de adquisición
Los gastos y tributos directamente relacionados, satisfechos por el contribuyente, se tienen en cuenta en los valores correspondientes. En la práctica debes conservar:
- precio y unidades en la adquisición;
- comisión de compra;
- precio y unidades en la transmisión;
- comisión de venta;
- contravalor en euros en las fechas relevantes;
- justificantes y método de valoración.
Ejemplo completo con FIFO
Supón estas operaciones, con gastos ya incorporados al coste de adquisición:
- Enero: compras 0,10 BTC por 3.000 €.
- Junio: compras 0,10 BTC por 4.500 €.
- Diciembre: vendes 0,15 BTC por 7.500 € y pagas 50 € de comisión de venta.
Con el criterio FIFO salen primero las unidades adquiridas antes, aunque estuvieran en exchanges diferentes:
- coste de los primeros 0,10 BTC: 3.000 €;
- coste de 0,05 BTC del segundo lote: 2.250 €;
- coste de adquisición total transmitido: 5.250 €;
- valor neto de transmisión: 7.500 € - 50 € = 7.450 €;
- ganancia: 7.450 € - 5.250 € = 2.200 €.
Después quedan 0,05 BTC del segundo lote con un coste pendiente de 2.250 €. No puedes elegir el lote más caro solo porque reduce la ganancia. El manual de 2025 aplica FIFO a monedas homogéneas incluso si las adquisiciones y transmisiones pasaron por casas de cambio distintas.
Cambiar una criptomoneda por otra también cuenta
Un error frecuente es declarar únicamente cuando el dinero llega al banco. La AEAT trata el intercambio entre monedas virtuales distintas como una permuta. Se compara el coste de la moneda entregada con el mayor valor de mercado entre lo entregado y lo recibido en ese momento.
Ejemplo de permuta
- Coste histórico del ETH que entregas: 2.000 €.
- Valor de mercado del ETH entregado: 2.600 €.
- Valor de mercado del token recibido: 2.550 €.
El valor de transmisión de la permuta sería 2.600 €, antes de ajustar los gastos aplicables. La ganancia ilustrativa sería 600 €. Ese valor de 2.600 € pasa a ser la referencia de adquisición del token recibido para una transmisión futura.
Si los precios de dos plataformas difieren o el token tiene poca liquidez, conserva la fuente, hora, mercado y razonamiento. La norma no convierte un precio sin compradores en evidencia perfecta.
Pagar con crypto es una transmisión
Comprar un ordenador, una entrada o un servicio con una moneda virtual cambia la composición de tu patrimonio. Calcula el valor en euros de lo entregado y compáralo con su coste FIFO. El comercio puede mostrar el precio del producto, pero tú necesitas además el historial del activo usado.
Mover monedas entre dos wallets tuyas no es, por sí mismo, una venta. Aun así, registra la transferencia y el fee de red: de lo contrario un software puede interpretarla como salida a un tercero.
Qué pasa si solo compraste y no vendiste
Mantener el mismo activo sin transmitirlo no materializa por sí solo la ganancia latente en IRPF. Eso no cierra el análisis:
- un saldo bajo custodia extranjera puede llevar al modelo 721;
- el valor puede formar parte del Impuesto sobre el Patrimonio;
- recompensas recibidas durante el año pueden ser renta aunque el principal siga intacto;
- una compra financiada o vinculada a una actividad tiene más elementos.
Por tanto, “no retiré euros” no equivale a “no tengo nada que revisar”. La pregunta es qué operaciones y derechos existieron.
Escala del ahorro para 2025
Las ganancias y pérdidas por ventas o permutas del inversor particular se integran en la base del ahorro. Sumando los tramos estatal y autonómico generales que publica la AEAT para IRPF 2025, la escala es:
| Parte de la base liquidable del ahorro | Tipo conjunto |
|---|---|
| Hasta 6.000 € | 19 % |
| De 6.000 € a 50.000 € | 21 % |
| De 50.000 € a 200.000 € | 23 % |
| De 200.000 € a 300.000 € | 27 % |
| Más de 300.000 € | 30 % |
Es una escala progresiva: no se aplica el tipo superior a toda la base por cruzar un límite. La base reúne más componentes del ahorro, no únicamente una operación crypto. Las compensaciones entre ganancias, pérdidas y otros rendimientos tienen reglas y límites; usa Renta WEB o asesoramiento profesional para tu caso completo.
Dónde se informa en Renta WEB
El manual de la AEAT sitúa estas operaciones en el apartado específico de ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión o permuta de monedas virtuales por particulares. La interfaz y la numeración de casillas pueden cambiar, por eso es más seguro buscar el nombre del apartado que seguir una captura de otro ejercicio.
Prepara por cada operación:
- denominación de la moneda;
- tipo de contraprestación recibida;
- valor de transmisión;
- valor de adquisición;
- resultado calculado de forma independiente.
No vuelques un CSV sin revisarlo. Los problemas típicos son pares invertidos, comisiones contabilizadas dos veces, transferencias propias tratadas como ventas y zonas horarias distintas.
Modelo 721: el umbral de 50.000 €
La FAQ de la AEAT, actualizada el 8 de julio de 2026, señala que no existe obligación de informar cuando los saldos a 31 de diciembre de cada tipo de moneda virtual situada en el extranjero, valorados en euros, no superan conjuntamente 50.000 €. Si se supera ese límite conjunto, se informa sobre todas las monedas comprendidas.
No confundas tres detalles:
- Es un límite conjunto, no 50.000 € por moneda o por plataforma.
- Solo entra lo que cumpla el concepto de moneda virtual situada en el extranjero y los demás requisitos.
- Las obligaciones de años posteriores tienen reglas propias; revisa la FAQ vigente, no copies automáticamente la declaración anterior.
La ubicación no depende solo de dónde estés tú. La AEAT relaciona el extranjero con la persona o entidad que salvaguarda las claves criptográficas privadas en nombre de terceros y presta servicios de custodia. En autocustodia real no hay ese custodio tercero, pero estructuras multisig, servicios de recuperación o cuentas híbridas merecen revisión individual.
Staking, lending, airdrops, minería y DeFi
Estas operaciones no deben meterse en la casilla de compraventa por comodidad. Pueden involucrar rendimientos del capital mobiliario, ganancias patrimoniales, retribución de actividad, permutas o varias capas a la vez.
Staking y lending
Documenta quién paga, por qué derecho, en qué momento el activo queda a tu disposición y su valor en euros. Si recibes un token líquido y después lo vendes, puede haber un valor inicial y una ganancia o pérdida posterior.
Airdrops y tokens recibidos sin compra
Conserva las condiciones, fecha de disponibilidad, valor y relación con cualquier servicio. Un token sin mercado real no se valora igual de fácil que uno con negociación profunda.
Liquidity pools y wrappers
Depositar dos tokens y recibir un LP token puede cambiar los derechos económicos. Retirar activos diferentes, cobrar fees y sufrir impermanent loss no encaja siempre en una sola categoría. Guarda las transacciones on-chain, la documentación del protocolo y la valoración de cada paso.
Minería o actividad organizada
Equipos, habitualidad, organización por cuenta propia e ingresos por servicios pueden apuntar a actividad económica. Aquí cambian gastos deducibles, obligaciones censales y cotizaciones. Busca asesoramiento antes de presentar.
Qué documentación guardar
- CSV original de cada exchange y copia no editable.
- Extractos bancarios de entradas y salidas.
- Hash, red, wallet de origen y destino.
- Fecha, hora y zona horaria.
- Unidades, par y contravalor en euros.
- Comisión separada y activo en el que se cobró.
- Lotes FIFO consolidados entre plataformas.
- Fuente de precio para operaciones sin par EUR.
- Captura o PDF de términos de staking, airdrop o protocolo.
- Conciliación: saldo inicial + entradas - salidas = saldo final.
Conserva también la versión del software y cualquier ajuste manual. Una cifra correcta que no puedes reconstruir es difícil de defender.
Cuándo pedir ayuda profesional
Hazlo antes de presentar si no puedes cuadrar saldos, si una plataforma cerró, si hay pérdidas por créditos no cobrados, si cambiaste de residencia, si operaste como actividad, si usaste derivados o si el tratamiento de un token recibido no está claro. La propia AEAT aclara que la quiebra de una plataforma no convierte automáticamente el saldo impagado en pérdida: existe una regla temporal específica para créditos vencidos y no cobrados.
Información general sobre España, no asesoramiento fiscal individual. La norma y los criterios pueden cambiar, y comunidades autónomas o circunstancias personales modifican el resultado. Contrasta siempre con la AEAT y un profesional cualificado antes de presentar.
Fuentes
- 1AEAT - Compra y venta de monedas virtuales: tributación en el IRPF del inversor
Consultado: 22/7/2026
- 2AEAT - Gravamen de la base liquidable del ahorro, IRPF 2025
Consultado: 22/7/2026
- 3AEAT - Modelo 721: monedas excluidas y umbral conjunto
Consultado: 22/7/2026
- 4AEAT - Cuándo se entiende una moneda virtual situada en el extranjero
Consultado: 22/7/2026